lunes, 28 de octubre de 2013

CALIFICACIÓN

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Procedimiento de conformación y gestión de la “Planilla Resumen de Calificación Anual Docente 2012”.pdf

Consideraciones Generales y Preguntas Frecuentes:

  •  ¿Qué docentes están en condiciones de desempeño para ser calificados en 2013?

Los docentes Titulares, Titulares Interinos, Provisionales y Suplentes con desempeño efectivo durante el ciclo lectivo 2013, en los lapsos mínimos previstos en Ley 10579, Decretos Reglamentarios 2485/92 y 441/93, Artículos 65, 127 y 129; y Resolución 7612/98.
Titulares, provisionales y suplentes: desempeño efectivo no menor de treinta (30) días corridos.
Titulares Interinos: desempeño efectivo no menor de tres (3) meses corridos de prestación de servicios.

  •  ¿Cómo se considera el desempeño efectivo para la calificación de los Titulares Interinos?

Res.7612 del 30/12/1998
Artículo 1°.- Definir al desempeño efectivo, con relación a los artículos 65 y 127 de la Ley 10.579 y su reglamentación, como aquel en el que un docente se encuentra a cargo de su función sin que sea reemplazado por un suplente. –
Artículo 2°.- Determinar que cuando el docente que debe ser calificado, haya hecho uso de una licencia por plazo menor a cinco días sin que sea necesario su reemplazo por otro podrá considerarse como "corrido".-
Artículo 3°.- Establecer que la suma de desempeño en un año que resulte mayor al 50% de los días hábiles, son evaluables a efectos de la calificación. -

  •  ¿Cuáles son las causales para no ser calificado o de inhibición para calificar?

Ley 10579, y su reglamentación Artículos 130 y 131. (Síntesis)
- Aquellos docentes que no reúnan los requisitos de desempeño previamente referidos
Aquellos docentes que se encuentren bajo investigación o sumario sin resolución  (calificadores y calificados)
- Parentesco por consaguinidad o afinidad en cualquier grado del agente calificador con el
docente calificado, enemistad notoria o amistad intima.
(Ver procedimiento de excusación en la normativa referida)